Modifica la resolución exenta N°395/2022, del ISP, incorporando un plazo para hacer exigible la rotulación que sea actualizada en la renovación del registro sanitario de los productos farmacéuticos.

Con fecha 26 de Julio 2022, el ISP ha emitido la resolución exenta N° 3292 que modifica la resolución N° 395, incorporando un plazo de 1 año a contar de la fecha en que se otorgue la respectiva renovación de registro sanitario para implementar la actualización de los rotulados gráficos respecto de la condición de venta autorizada por la autoridad. Evitando incorporar leyendas que aludan al tipo de establecimiento que puede comercializar los productos como por ejemplo “venta en establecimientos tipo A”.

Si bien la actualización del rotulado será exigible mediante la respectiva resolución de renovación de registro sanitario, lo anterior no excluye la posibilidad de que el propio titular, a su cuenta e iniciativa, solicite las modificaciones al rotulado sin necesidad de esperar el proceso de renovación de este.

Fuente: www.ispch.cl

Imagen: Diseñada por Freepik

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